Banco de preguntas — Ley 9/2017

84 preguntas con justificación y artículo.

Disposiciones generales (Libro I)

  1. 1. Según el artículo 1 de la LCSP, ¿cuál es uno de los objetivos primordiales que persigue la Ley en toda contratación pública?

    • A.La maximización del beneficio industrial del contratista.
    • B.El cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y control del gasto.
    • C.La adjudicación directa como método preferente de contratación.
    • D.La exclusión de las PYMES para garantizar la solvencia técnica.

    Justificación: La Ley establece que la contratación pública debe servir a los objetivos de estabilidad presupuestaria y control del gasto, además de la transparencia y eficiencia. · Art. 1.1

  2. 2. A efectos de la Ley 9/2017, ¿cuál de las siguientes entidades NO se considera que forma parte del sector público?

    • A.Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
    • B.Los partidos políticos, en los términos del Título IV del Libro Tercero.
    • C.Las corporaciones de derecho público cuando no ejerzan funciones administrativas.
    • D.Las universidades públicas y las entidades de derecho público vinculadas a ellas.

    Justificación: Las Corporaciones de Derecho Público solo se consideran sector público cuando cumplen los requisitos para ser poder adjudicador; no todas están integradas per se de forma absoluta. · Art. 3

  3. 3. Dentro del sector público, ¿qué condición debe cumplir una entidad para ser considerada 'Administración Pública' en sentido estricto según la LCSP?

    • A.Tener ánimo de lucro.
    • B.Ser una sociedad mercantil pública que se financie mayoritariamente con ingresos de mercado.
    • C.Las Diputaciones Forales y las Juntas Generales de los Territorios Históricos del País Vasco.
    • D.Cualquier entidad que tenga personalidad jurídica propia y dependa de un Ministerio.

    Justificación: El artículo 3.2 letra b) califica explícitamente a las Diputaciones Forales y Juntas Generales como Administraciones Públicas. · Art. 3.2

  4. 4. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo de actividades docentes en centros públicos bajo la forma de cursos de formación se consideran:

    • A.Contratos administrativos especiales.
    • B.Contratos privados en todo caso.
    • C.Negocios jurídicos excluidos del ámbito de la LCSP.
    • D.Contratos de servicios sujetos a regulación armonizada obligatoriamente.

    Justificación: La ley excluye específicamente la relación jurídica consistente en la prestación de servicios docentes por personas físicas como cursos o seminarios. · Art. 11.4

  5. 5. ¿Cuál es el valor estimado (IVA excluido) a partir del cual un contrato de suministros adjudicado por una Administración General del Estado se considera sujeto a regulación armonizada (SARA)?

    • A.15.000 euros.
    • B.215.000 euros.
    • C.143.000 euros.
    • D.5.382.000 euros.

    Justificación: Para la Administración General del Estado, el umbral SARA para suministros está fijado actualmente (tras actualización) en 143.000 euros. · Art. 21.1

  6. 6. Un contrato cuyo objeto sea tanto la adquisición de una propiedad inmobiliaria como la reforma integral de la misma, se calificará como:

    • A.Contrato de obras.
    • B.Contrato mixto, atendiendo al carácter de la prestación económicamente más importante.
    • C.Negocio jurídico excluido relativo a bienes inmuebles.
    • D.Contrato de servicios de arquitectura.

    Justificación: La adquisición de bienes inmuebles es un negocio excluido (Art. 9). Si incluye otras prestaciones, se rige por las reglas de contratos mixtos o exclusiones específicas. · Art. 9.1

  7. 7. ¿Qué carácter tienen los contratos celebrados por una entidad del sector público que NO tenga la consideración de Administración Pública?

    • A.Administrativos.
    • B.Privados.
    • C.SARA siempre.
    • D.Laborales.

    Justificación: Los contratos celebrados por entidades del sector público que no reúnan la condición de Administraciones Públicas tienen la consideración de contratos privados. · Art. 26.1

  8. 8. En el caso de un contrato mixto que combine prestaciones de servicios y suministros, ¿cómo se determina el régimen jurídico de su preparación y adjudicación?

    • A.Se aplicarán siempre las normas del contrato de servicios.
    • B.Se aplicarán las normas del contrato de suministros por ser más restrictivas.
    • C.Se atenderá a la prestación que tenga un valor estimado superior.
    • D.Se aplicarán las normas del contrato de obras si el valor supera los 50.000 euros.

    Justificación: Para contratos que contengan servicios y suministros, se aplicarán las normas del tipo de contrato cuya prestación tenga un valor estimado más elevado. · Art. 18.2

  9. 9. El contrato de concesión de servicios se diferencia del contrato de servicios en que:

    • A.El de concesión siempre es de cuantía superior.
    • B.En la concesión, el riesgo operacional se transfiere al concesionario.
    • C.El contrato de servicios solo puede ser realizado por la Administración.
    • D.No existe diferencia, son sinónimos desde la Ley 9/2017.

    Justificación: La nota característica de la concesión (de obras o servicios) es la transferencia del riesgo operacional de la administración al contratista. · Art. 15

  10. 10. ¿Qué orden jurisdiccional es competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas?

    • A.El orden jurisdiccional civil.
    • B.El orden jurisdiccional social.
    • C.El orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
    • D.El Tribunal de Cuentas exclusivamente.

    Justificación: Aunque el contrato sea privado, los actos de preparación y adjudicación de las Administraciones Públicas (actos separables) son controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa. · Art. 27.1 b)

  11. 11. Según el artículo 6, están excluidos de la LCSP los convenios que celebre la Administración con otra entidad pública siempre que:

    • A.El precio sea igual al de mercado.
    • B.Exista una contraprestación consistente en un beneficio empresarial.
    • C.Las entidades participantes realicen en el mercado abierto menos del 20% de las actividades objeto de cooperación.
    • D.Se adjudiquen mediante procedimiento abierto.

    Justificación: La exclusión de convenios interadministrativos (cooperación horizontal) requiere que el porcentaje de actividad en mercado abierto de las entidades participantes sea inferior al 20%. · Art. 6.4 c)

  12. 12. ¿Cuál de los siguientes contratos se considera un contrato administrativo especial?

    • A.Un contrato de compra de mobiliario para una oficina ministerial.
    • B.Un contrato de servicios financieros.
    • C.Un contrato cuyo objeto sea el servicio de cafetería en una sede judicial por su vinculación al giro o tráfico administrativo.
    • D.Un contrato de obras de una sociedad mercantil pública.

    Justificación: Son administrativos especiales los que tienen un objeto distinto a los típicos pero están vinculados al giro o tráfico de la administración o satisfacen una finalidad pública. · Art. 25.1 b)

Partes del contrato

  1. 1. Según la LCSP, ¿tienen la consideración de órganos de contratación las Juntas de Contratación?

    • A.No, son únicamente órganos de asistencia técnica.
    • B.Sí, en los servicios y departamentos donde se constituyan, con los límites que se establezcan.
    • C.Solo en contratos de obras de cuantía inferior a 50.000 euros.
    • D.Sí, pero siempre requieren la autorización previa del Consejo de Ministros.

    Justificación: Las Juntas de Contratación actúan como órganos de contratación con los límites que determine el Ministro responsable o el órgano correspondiente. · Art. 323.2

  2. 2. Para que una persona jurídica pueda ser contratista del sector público, es necesario, entre otros requisitos, que:

    • A.Tenga una facturación anual superior al presupuesto base de licitación.
    • B.Su objeto social abarque las prestaciones que son objeto del contrato.
    • C.Tenga al menos 10 trabajadores en plantilla.
    • D.Esté inscrita obligatoriamente en el Registro Oficial de Licitadores (ROLECE) en todos los casos.

    Justificación: Las personas jurídicas solo pueden ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que les sean propios. · Art. 66.1

  3. 3. En relación con las Uniones Temporales de Empresarios (UTE), ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?

    • A.Deben formalizar su constitución en escritura pública para poder presentar la oferta.
    • B.Los empresarios quedan obligados solidariamente ante la Administración.
    • C.La duración de la UTE es siempre de un máximo de 10 años.
    • D.Solo pueden formarse por empresas de la misma nacionalidad.

    Justificación: Los empresarios que se agrupen en uniones temporales quedan obligados solidariamente y deben nombrar un representante único. · Art. 69.3

  4. 4. El órgano de contratación podrá exigir que las personas jurídicas especifiquen en la oferta:

    • A.El nombre y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
    • B.El saldo medio de sus cuentas bancarias del último ejercicio.
    • C.La afiliación sindical de sus trabajadores.
    • D.La relación de contratos privados firmados en el último mes.

    Justificación: Para ciertos contratos, se puede exigir que las personas jurídicas indiquen los nombres y cualificación del personal que se encargará de la ejecución. · Art. 66.2

  5. 5. ¿Qué órgano tiene la competencia para declarar la prohibición de contratar cuando la causa sea la condena mediante sentencia firme por delitos de terrorismo?

    • A.El Ministro de Hacienda.
    • B.El titular del órgano de contratación exclusivamente.
    • C.La autoridad que imponga la pena conforme a la sentencia.
    • D.La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

    Justificación: En los casos de sentencia firme, la competencia para fijar el alcance y duración recae en los términos que establezca la propia sentencia o la autoridad administrativa competente. · Art. 72.1

  6. 6. La prohibición de contratar por haber solicitado la declaración de concurso voluntario se mantendrá mientras:

    • A.Dure el procedimiento concursal, salvo que en este haya adquirido eficacia un convenio.
    • B.Dure el procedimiento concursal, en todo caso y sin excepciones.
    • C.Hayan transcurrido 5 años desde la declaración del concurso.
    • D.Se mantengan deudas superiores a 3.000 euros con la Seguridad Social.

    Justificación: La prohibición cesa si el convenio concursal adquiere eficacia o si se produce la apertura de la liquidación (en cuyo caso sigue prohibido). · Art. 71.1.b)

  7. 7. Si una empresa desea acreditar su solvencia técnica mediante medios externos (otra entidad):

    • A.No está permitido en la actual Ley de Contratos.
    • B.Debe demostrar que dispone efectivamente de esos recursos mediante la presentación del compromiso por escrito de dicha entidad.
    • C.Solo puede hacerlo si la entidad externa es una filial con el 100% del capital.
    • D.Basta con una declaración responsable del licitador sin necesidad de documento de la entidad externa.

    Justificación: El licitador puede basarse en la solvencia de otras entidades siempre que demuestre que dispondrá de los medios necesarios. · Art. 75.1

  8. 8. ¿Cuál es el límite máximo de duración de una prohibición de contratar cuando no se ha fijado en una sentencia firme?

    • A.Dos años.
    • B.Tres años.
    • C.Cinco años.
    • D.Diez años.

    Justificación: En los casos en que la duración no venga determinada por sentencia, el plazo no podrá exceder de cinco años. · Art. 72.3

  9. 9. La clasificación de las empresas como contratistas de obras de la Administración es:

    • A.Obligatoria para contratos de valor estimado igual o superior a 500.000 euros.
    • B.Potestativa en todo caso, independientemente de la cuantía.
    • C.Obligatoria para todos los contratos de servicios.
    • D.Obligatoria para contratos de suministros de más de 200.000 euros.

    Justificación: Para los contratos de obras, la clasificación es obligatoria si el valor estimado es igual o superior a 500.000 euros. · Art. 77.1.a)

  10. 10. En el Sector Público Estatal, ¿quién es el órgano de contratación competente en los Departamentos Ministeriales?

    • A.Los Directores Generales.
    • B.Los Ministros y los Secretarios de Estado.
    • C.Exclusivamente el Consejo de Ministros.
    • D.El Subsecretario del Departamento en todo caso.

    Justificación: Los Ministros y los Secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado. · Art. 323.1

  11. 11. Sobre la sucesión del contratista, ¿es posible que un tercero suceda al adjudicatario en sus derechos y obligaciones?

    • A.No, los contratos son personalísimos e intransferibles.
    • B.Sí, en casos de fusión, escisión o aportación de rama de actividad, siempre que el sucesor cumpla los requisitos de capacidad y solvencia.
    • C.Sí, pero solo si el contrato está ejecutado al menos al 50%.
    • D.Solo si el sucesor es una entidad sin ánimo de lucro.

    Justificación: La ley permite la sucesión por modificación estructural de la sociedad siempre que se mantenga la solvencia exigida. · Art. 98.1

  12. 12. En relación a la participación de empresas vinculadas, ¿qué ocurre si el órgano de contratación estima que hay indicios fundados de colusión?

    • A.Debe excluir automáticamente a todas las empresas del grupo.
    • B.Debe solicitar un informe a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia antes de resolver.
    • C.Debe adjudicar a la oferta más barata sin realizar comprobaciones.
    • D.Debe anular el procedimiento de licitación de forma inmediata.

    Justificación: Si se aprecian indicios de conductas colusorias, se dará traslado a la autoridad de competencia para que informe en un plazo de 20 días. · Art. 150.1

Tipos de contratos administrativos

  1. 1. Según la Ley 9/2017, ¿cuál es la característica principal que distingue al contrato de servicios de otros tipos contractuales?

    • A.Tiene por objeto la ejecución de una obra de ingeniería.
    • B.Consiste en prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro.
    • C.Su objeto es siempre el arrendamiento financiero de bienes muebles.
    • D.Implica necesariamente la transferencia del riesgo operacional al contratista.

    Justificación: El contrato de servicios se define por exclusión de la obra y el suministro, enfocándose en actividades o resultados específicos. · Art. 17

  2. 2. En un contrato de concesión de obras, ¿qué elemento es indispensable para que se considere como tal y no como un contrato de obras ordinario?

    • A.Que el presupuesto base de licitación supere los 5 millones de euros.
    • B.Que el plazo de ejecución sea superior a diez años.
    • C.La transferencia del riesgo operacional de la explotación de dichas obras al concesionario.
    • D.Que el pago se realice exclusivamente mediante una aportación económica de la Administración.

    Justificación: La transferencia del riesgo operacional es el elemento definitorio que distingue la concesión del contrato de obras tradicional. · Art. 14.4

  3. 3. ¿Qué tipo de contrato tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles?

    • A.Contrato de servicios.
    • B.Contrato de gestión de servicios públicos.
    • C.Contrato de concesión de servicios.
    • D.Contrato de suministro.

    Justificación: El contrato de suministro abarca la adquisición y distintas formas de arrendamiento de bienes muebles. · Art. 16.1

  4. 4. Un contrato que combine prestaciones de dos o más tipos de contratos regulados en la LCSP se calificará como:

    • A.Contrato especial.
    • B.Contrato mixto.
    • C.Contrato de servicios integrales.
    • D.Contrato privado.

    Justificación: Los contratos que contienen prestaciones correspondientes a distintos tipos contractuales se denominan contratos mixtos. · Art. 18.1

  5. 5. Para determinar las normas aplicables a la adjudicación de un contrato mixto que incluya prestaciones de servicios y de suministros, ¿qué criterio debe seguirse?

    • A.Se aplicarán las normas del contrato de servicios siempre.
    • B.Se atenderá al carácter de la prestación que tenga un valor estimado más elevado.
    • C.Se aplicarán las normas del contrato de suministros por ser más restrictivas.
    • D.El órgano de contratación puede elegir libremente el régimen jurídico.

    Justificación: En contratos mixtos de servicios y suministros, el régimen de adjudicación se determina por la prestación de mayor valor estimado. · Art. 18.2

  6. 6. Tienen la consideración de contratos administrativos especiales aquellos cuyo objeto sea:

    • A.La suscripción a revistas o bases de datos jurídicas.
    • B.La prestación de servicios financieros o bancarios.
    • C.Servicios vinculados al giro o tráfico específico de la Administración contratante o que satisfagan una finalidad pública de su competencia directa.
    • D.La creación e interpretación artística y literaria.

    Justificación: Los contratos administrativos especiales se definen por su vinculación al giro o tráfico administrativo o por satisfacer una finalidad pública específica. · Art. 25.1.b

  7. 7. ¿Cuál de los siguientes contratos se considera, con carácter general, un contrato privado de la Administración según la LCSP?

    • A.El contrato de obras.
    • B.El contrato de concesión de servicios.
    • C.Los contratos de servicios que tengan por objeto servicios financieros.
    • D.El contrato de suministro de energía eléctrica.

    Justificación: Ciertos servicios como los financieros o los que tienen por objeto la creación artística son considerados contratos privados. · Art. 25.1.a

  8. 8. En el contrato de concesión de servicios, ¿qué implica que el concesionario asuma el riesgo operacional?

    • A.Que la Administración garantiza siempre el equilibrio económico del contrato.
    • B.Que no se garantiza que el concesionario recupere las inversiones realizadas ni los costes en que hubiera incurrido.
    • C.Que el contratista solo responde por vicios ocultos durante 2 años.
    • D.Que el riesgo de fuerza mayor es asumido íntegramente por el contratista.

    Justificación: El riesgo operacional implica la exposición a las incertidumbres del mercado, pudiendo no recuperar la inversión. · Art. 15

  9. 9. Respecto a los contratos de fabricación, la LCSP establece que se regirán por las normas del:

    • A.Contrato de obras.
    • B.Contrato de servicios.
    • C.Contrato de suministro.
    • D.Contrato administrativo especial.

    Justificación: Los contratos de fabricación, por los que se elaboran productos con características especiales, se rigen por las normas de suministro. · Art. 16.2

  10. 10. ¿Cuál es el régimen jurídico aplicable a los efectos y extinción de los contratos privados de las Administraciones Públicas?

    • A.Se rigen exclusivamente por el Derecho Administrativo.
    • B.Se rigen por el Derecho Privado (civil, mercantil o laboral según corresponda).
    • C.Se rigen por las normas de la LCSP sobre preparación y adjudicación.
    • D.Se rigen por el Derecho Administrativo en cuanto a las prerrogativas de la Administración y, en lo demás, por el Derecho Privado.

    Justificación: A diferencia de los administrativos, los contratos privados se rigen en cuanto a sus efectos, modificación y extinción por el derecho privado. · Art. 26.2

  11. 11. Si un contrato mixto comprende prestaciones de un contrato de obras y de una concesión de obras, ¿qué criterio prevalece para su calificación?

    • A.El criterio del valor estimado de la prestación principal.
    • B.Se calificará siempre como contrato de obras si supera los 2 millones de euros.
    • C.Se atenderá a la prestación principal desde el punto de vista del objeto del contrato.
    • D.Se dividirá obligatoriamente en dos lotes independientes.

    Justificación: En la combinación de obras y concesiones, se atiende a la prestación principal del objeto. · Art. 18.2

  12. 12. No se consideran contratos de suministro los que tengan por objeto:

    • A.La adquisición de equipos informáticos.
    • B.El arrendamiento sin opción de compra de vehículos.
    • C.Propiedades incorporales o valores negociables.
    • D.La entrega de productos de forma sucesiva y por precio unitario.

    Justificación: La adquisición de propiedades incorporales o valores negociables está excluida del concepto de suministro. · Art. 16.1

Preparación de contratos

  1. 1. Según el artículo 116 de la LCSP, ¿qué debe contener necesariamente el expediente de contratación?

    • A.La mención expresa al tipo de IVA aplicable.
    • B.La resolución del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato.
    • C.El acta de recepción de la prestación debidamente firmada.
    • D.La identificación detallada de los subcontratistas previstos.

    Justificación: El expediente de contratación se iniciará mediante resolución motivada del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato en los términos previstos en la ley. · Art. 116.1

  2. 2. En los contratos de servicios, ¿qué documento debe incorporarse obligatoriamente al expediente de contratación antes de la aprobación del mismo?

    • A.Un pliego de prescripciones técnicas.
    • B.Un informe del Consejo de Estado.
    • C.Un plan de prevención de riesgos laborales del contratista.
    • D.Un certificado de existencia de crédito de la Tesorería General de la Seguridad Social.

    Justificación: A todo expediente de contratación se incorporará el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato. · Art. 122 y 124

  3. 3. La tramitación urgente del expediente de contratación permite, con carácter general:

    • A.Reducir los plazos de licitación y adjudicación a la mitad.
    • B.Adjudicar el contrato de forma directa sin publicidad.
    • C.Eliminar el requisito de la fiscalización previa del gasto.
    • D.Reducir el plazo de ejecución del contrato a la mitad.

    Justificación: Los expedientes tramitados por urgencia gozarán de preferencia y los plazos para la licitación, adjudicación y formalización se reducirán a la mitad, salvo excepciones. · Art. 119.2

  4. 4. Para los contratos menores, ¿cuál de los siguientes documentos NO es obligatorio en el expediente según el artículo 118 de la LCSP?

    • A.El informe de insuficiencia de medios.
    • B.La aprobación del gasto.
    • C.La incorporación de la factura correspondiente.
    • D.El informe del órgano de contratación justificando que no se está alterando el objeto del contrato.

    Justificación: El informe de insuficiencia de medios es propio de los contratos de servicios para acreditar que no hay personal propio, pero no es un requisito general tasado del art. 118 para todos los menores. · Art. 118

  5. 5. En la tramitación de emergencia, la ejecución de las actuaciones debe iniciarse en un plazo no superior a:

    • A.Quince días desde la adopción del acuerdo.
    • B.Diez días hábiles.
    • C.Un mes desde que se produjo la situación de emergencia.
    • D.Dos meses desde la aprobación del gasto.

    Justificación: El plazo de inicio de la ejecución de las prestaciones no podrá ser superior a un mes desde la adopción del acuerdo de emergencia. · Art. 120.1.c

  6. 6. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares podrán establecer penalidades para el contratista en caso de incumplimiento, siempre que estas:

    • A.No superen el 50% del presupuesto base de licitación.
    • B.Sean proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no sea superior al 10% del precio del contrato.
    • C.Hayan sido autorizadas previamente por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
    • D.Se calculen exclusivamente en base a los días de retraso en la entrega.

    Justificación: Las penalidades deben ser proporcionales y su cuantía total no podrá exceder del 10 por ciento del precio del contrato, salvo casos específicos. · Art. 192

  7. 7. Respecto a las consultas preliminares del mercado, ¿cuál es su finalidad primordial según la LCSP?

    • A.Seleccionar de antemano a los licitadores con mejor solvencia técnica.
    • B.Preparar la licitación e informar a los operadores económicos sobre los planes y requisitos de la contratación.
    • C.Sustituir la fase de publicación de la licitación en el perfil de contratante.
    • D.Fijar el precio definitivo del contrato de forma innegociable.

    Justificación: Las consultas preliminares buscan preparar la licitación e informar a los operadores de los planes del órgano de contratación y los requisitos que exigirán. · Art. 115.1

  8. 8. ¿Qué requisito es indispensable para aprobar un expediente de contratación de una obra cuya cuantía sea igual o superior a 500.000 euros?

    • A.Un informe de impacto ambiental vinculante.
    • B.El acta de replanteo previo debidamente formalizada.
    • C.La supervisión del proyecto por la oficina o unidad correspondiente.
    • D.La aprobación previa por el Consejo de Ministros.

    Justificación: En proyectos de obras de cuantía igual o superior a 500.000 euros, será preceptivo el informe de las oficinas o unidades de supervisión de proyectos. · Art. 125

  9. 9. En la tramitación de un expediente de contratación, el certificado de existencia de crédito o documento que legalmente le sustituya debe incorporarse:

    • A.Antes de la formalización del contrato.
    • B.Una vez seleccionada la oferta económicamente más ventajosa.
    • C.Al inicio del expediente, con carácter previo a la aprobación del gasto.
    • D.Únicamente en contratos de valor estimado superior a 15.000.000 euros.

    Justificación: Al expediente se incorporará el certificado de existencia de crédito y la fiscalización previa de la aprobación del gasto. · Art. 116.3

  10. 10. Si una Administración Pública desea contratar la redacción de un proyecto de obra y la dirección de la misma de forma conjunta, ¿qué condición se requiere?

    • A.Que el valor estimado no supere los 209.000 euros.
    • B.Que el órgano de contratación motive que la contratación separada dificultaría la correcta ejecución de la prestación.
    • C.Es una práctica prohibida por la fragmentación de contratos.
    • D.Que se tramite siempre por el procedimiento restringido.

    Justificación: La contratación conjunta de proyecto y dirección de obra es excepcional y requiere justificación de que la contratación separada dificultaría la ejecución. · Art. 29.7

  11. 11. En el caso de contratos financiados con fondos de la Unión Europea, ¿qué debe constar específicamente en el expediente?

    • A.La traducción de los pliegos al inglés y francés.
    • B.La referencia a la normativa europea de subvenciones en el objeto.
    • C.La mención de que el contrato se financia con dichos fondos en la publicidad y en el pliego.
    • D.Un aval bancario adicional del 5% del presupuesto.

    Justificación: Cuando la financiación sea con fondos europeos, se hará constar en el pliego y en la publicidad de la licitación. · Art. 116.4.c

  12. 12. ¿Cuál es el efecto de la falta de publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante cuando sea preceptivo?

    • A.Es una causa de nulidad de pleno derecho.
    • B.Es una irregularidad no invalidante si se publicó en el BOE.
    • C.Conlleva únicamente una sanción administrativa al órgano de contratación.
    • D.Permite al adjudicatario desistir del contrato sin penalización.

    Justificación: La omisión de los anuncios de licitación obligatorios en el perfil de contratante o diarios oficiales es causa de nulidad de pleno derecho según la jurisprudencia y el art. 39. · Art. 39.2.c

Procedimientos de adjudicación

  1. 1. En el procedimiento abierto, ¿cuál es el plazo mínimo general para la presentación de proposiciones en los contratos de obras sujetos a regulación armonizada?

    • A.26 días a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación
    • B.35 días a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación
    • C.52 días a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación
    • D.15 días naturales desde la publicación en el BOE

    Justificación: Para contratos sujetos a regulación armonizada en procedimiento abierto, el plazo general es de 35 días desde el envío del anuncio. · Art. 156.1

  2. 2. En el procedimiento abierto simplificado regulado en el artículo 159, ¿cuál es el límite del valor estimado para contratos de obras?

    • A.Igual o inferior a 80.000 euros
    • B.Igual o inferior a 500.000 euros
    • C.Igual o inferior a 2.000.000 de euros
    • D.Igual o inferior a 5.382.000 euros

    Justificación: El procedimiento abierto simplificado puede utilizarse en contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros. · Art. 159.1.a)

  3. 3. ¿Qué procedimiento de adjudicación se caracteriza porque cualquier empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato?

    • A.Procedimiento restringido
    • B.Procedimiento negociado con publicidad
    • C.Procedimiento abierto
    • D.Diálogo competitivo

    Justificación: En el procedimiento abierto, todo empresario interesado puede presentar proposición y no cabe negociación de los términos. · Art. 156.1

  4. 4. En el procedimiento restringido, ¿cuál es el número mínimo de candidatos que el órgano de contratación debe invitar a presentar licitaciones?

    • A.Mínimo de 3 candidatos
    • B.Mínimo de 5 candidatos
    • C.Mínimo de 10 candidatos
    • D.No existe un número mínimo, basta con los que hayan solicitado participar

    Justificación: El órgano de contratación debe señalar el número mínimo de candidatos que invitará, que no podrá ser inferior a cinco. · Art. 162.1

  5. 5. ¿En cuál de los siguientes supuestos NO es posible utilizar el procedimiento de licitación con negociación?

    • A.Cuando las necesidades del órgano de contratación no puedan satisfacerse sin adaptar soluciones fácilmente disponibles
    • B.Cuando el contrato incluya el diseño o soluciones innovadoras
    • C.Cuando se trate de contratos de servicios sociales enumerados en el Anexo IV
    • D.En contratos de obras, suministros o servicios cuyo valor estimado sea inferior a 15.000 euros

    Justificación: Los contratos de cuantía inferior a 15.000 euros (o 40.000 en obras) se canalizan como contratos menores, no por licitación con negociación por razón de cuantía. · Art. 167

  6. 6. En el procedimiento abierto simplificado 'abreviado' o 'supersimplificado' (Art. 159.6), ¿cuál es el plazo para la presentación de ofertas en contratos de suministros?

    • A.15 días hábiles
    • B.10 días hábiles
    • C.5 días hábiles
    • D.10 días naturales

    Justificación: Para suministros y servicios en el procedimiento del 159.6, el plazo de presentación es de 10 días hábiles (excepto compras corrientes de bienes disponibles en el mercado que es de 5). · Art. 159.6.b)

  7. 7. En un diálogo competitivo, las soluciones presentadas por los candidatos durante la fase de diálogo:

    • A.Son públicas desde el momento de su presentación
    • B.No pueden ser reveladas a los demás participantes sin el acuerdo previo del candidato afectado
    • C.Deben ser compartidas obligatoriamente para garantizar la igualdad de trato
    • D.Solo pueden ser reveladas si el contrato es de obras

    Justificación: El órgano de contratación no podrá revelar a los demás participantes las soluciones propuestas por un participante sin su previo consentimiento. · Art. 174.2

  8. 8. Sobre el procedimiento negociado sin publicidad por razones de extrema urgencia, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?

    • A.Requiere siempre la solicitud de tres ofertas
    • B.La urgencia debe ser resultante de hechos previsibles para el órgano de contratación
    • C.Se limita estrictamente a lo necesario para remediar la situación de urgencia
    • D.Solo puede utilizarse en contratos de cuantía inferior a 50.000 euros

    Justificación: El uso de este procedimiento por imperiosa urgencia se limita a lo estrictamente necesario cuando no puedan cumplirse los plazos de otros procedimientos. · Art. 168.b) 1.º

  9. 9. En la asociación para la innovación, la estructura del procedimiento se divide en fases sucesivas siguiendo la secuencia de las etapas del proceso de investigación e innovación, lo que permite:

    • A.La adjudicación directa al finalizar la primera fase
    • B.Que el órgano de contratación decida, tras cada fase, rescindir la asociación
    • C.Que el precio se fije solo al finalizar la última fase
    • D.La participación de cualquier licitador en la fase final de ejecución

    Justificación: El órgano de contratación puede decidir, tras cada fase, rescindir la asociación o reducir el número de socios si se han establecido tales opciones. · Art. 177.3

  10. 10. En el procedimiento restringido, ¿qué aspecto de la oferta está prohibido negociar?

    • A.El precio final
    • B.Los plazos de entrega
    • C.Las mejoras técnicas
    • D.Está prohibida cualquier negociación de los términos del contrato

    Justificación: Al igual que en el procedimiento abierto, en el restringido está prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos. · Art. 160.1

  11. 11. Respecto a las ofertas con valores anormales o desproporcionados, si la oferta presentada por una empresa que pertenece a un mismo grupo no coincide con los parámetros...

    • A.Se rechazará automáticamente por colusión
    • B.Se solicitará justificación a todas las empresas del grupo
    • C.Se considerará de forma independiente si se ha declarado la pertenencia al grupo
    • D.Se tendrán en cuenta las ofertas de las demás empresas del grupo para el cálculo de la media si han licitado varias

    Justificación: Si varias empresas pertenecen al mismo grupo (Art. 42 Código Comercio), se tendrá en cuenta la relación de sus ofertas para identificar la anormalidad según el reglamento. · Art. 149.3

  12. 12. Un órgano de contratación decide utilizar un procedimiento de licitación con negociación al amparo del art. 167 LCSP. ¿En qué momento debe definirse la metodología de negociación?

    • A.Durante la fase de negociación de forma verbal
    • B.En el pliego de cláusulas administrativas particulares
    • C.Una vez recibidas las ofertas iniciales
    • D.No es necesario definirla, es discrecional del órgano

    Justificación: Los órganos de contratación deberán indicar en el pliego de cláusulas administrativas particulares el procedimiento que seguirán para negociar. · Art. 169.4

Efectos, cumplimiento y extinción

  1. 1. Según la LCSP, ¿cuál es el plazo general para el pago del precio por parte de la Administración una vez expedidas las certificaciones de obra o documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato?

    • A.Quince días naturales siguientes a la fecha de expedición.
    • B.Treinta días naturales siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones o documentos.
    • C.Treinta días naturales siguientes a la fecha de presentación de la factura.
    • D.Sesenta días naturales desde la recepción de la prestación.

    Justificación: La Administración tiene el deber de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad. · Art. 198.4

  2. 2. En relación con las prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?

    • A.Los acuerdos que dicten los órganos de contratación en ejercicio de sus prerrogativas son de ejecución inmediata.
    • B.La Administración no puede interpretar unilateralmente los contratos administrativos.
    • C.La modificación del contrato por razones de interés público requiere siempre el consentimiento del contratista.
    • D.La resolución de las dudas que ofrezca el cumplimiento del contrato debe ser acordada por el Consejo de Estado.

    Justificación: Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley, los acuerdos dictados por el órgano de contratación son ejecutivos. · Art. 190 y 191

  3. 3. Cuando el contratista incurra en demora por causas imputables al mismo, ¿qué facultad asiste a la Administración según la Ley 9/2017?

    • A.Únicamente puede resolver el contrato de forma automática.
    • B.Debe conceder obligatoriamente una prórroga de igual duración al retraso.
    • C.Puede optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias.
    • D.Solo puede imponer penalidades si estas superan el 10% del presupuesto del contrato.

    Justificación: Si el contratista incurre en mora, la Administración puede optar por la resolución o por la imposición de las penalidades previstas en los artículos siguientes. · Art. 193.1

  4. 4. Para que proceda la resolución del contrato por demora en el pago por parte de la Administración, el retraso debe ser superior a:

    • A.Tres meses.
    • B.Cuatro meses.
    • C.Seis meses.
    • D.Un año.

    Justificación: Si la demora de la Administración en el pago fuese superior a seis meses, el contratista tendrá derecho a resolver el contrato. · Art. 198.6

  5. 5. En caso de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista, ¿qué ocurre con la garantía definitiva?

    • A.Debe ser devuelta en todo caso tras la liquidación del contrato.
    • B.Se incautará, pero solo en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios efectivamente causados.
    • C.Se incautará de forma automática y total, debiendo además el contratista indemnizar daños y perjuicios en lo que excedan de la garantía.
    • D.No se incauta, pero el contratista queda inhabilitado para contratar durante 5 años.

    Justificación: La resolución por incumplimiento culpable del contratista conlleva la incautación de la garantía y la obligación de indemnizar los daños que superen el importe de la misma. · Art. 213.3

  6. 6. Cuando el órgano de contratación deba realizar una modificación del contrato basada en el artículo 205 (modificaciones no previstas), ¿cuál es el límite máximo del incremento del precio?

    • A.No puede exceder del 10 por ciento del precio inicial.
    • B.No puede exceder del 20 por ciento del precio inicial, IVA excluido.
    • C.No puede exceder del 50 por ciento del precio inicial.
    • D.No existe límite cuantitativo si el interés público lo justifica.

    Justificación: Las modificaciones no previstas en el PCAP no podrán exceder, aislada o conjuntamente, del 50 por ciento del precio inicial del contrato. · Art. 205.2

  7. 7. Si el contratista cede su derecho de cobro frente a la Administración, ¿cuándo surte efectos dicha cesión para la entidad deudora?

    • A.Desde el momento en que se firma el contrato de cesión ante notario.
    • B.Desde que se notifica fehacientemente a la Administración el acuerdo de cesión.
    • C.A partir de los 30 días de la expedición de la factura.
    • D.Solo si la Administración autoriza previamente y por escrito la cesión.

    Justificación: La cesión de los derechos de cobro será efectiva frente a la Administración desde que se le notifique fehacientemente el acuerdo de cesión. · Art. 200

  8. 8. En un contrato administrativo, ¿cuál de los siguientes casos constituye una causa de resolución del contrato de carácter obligatorio?

    • A.La demora en el pago por parte de la Administración por tiempo superior a cuatro meses.
    • B.La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
    • C.Las modificaciones en el contrato que supongan alteraciones del precio superiores al 5% del precio inicial.
    • D.El fallecimiento del contratista individual, si sus herederos solicitan continuar la ejecución.

    Justificación: La declaración de concurso o la declaración de insolvencia son causas de resolución del contrato contempladas en la Ley. · Art. 211.1.b)

  9. 9. El plazo de garantía en los contratos del sector público:

    • A.Es siempre de un año según la Ley.
    • B.Se establecerá en el pliego de cláusulas administrativas particulares atendiendo a la naturaleza del contrato.
    • C.Comienza a contar desde la fecha de formalización del contrato.
    • D.No es necesario en los contratos de servicios.

    Justificación: Salvo casos especiales, el plazo de garantía se fijará en el pliego de cláusulas administrativas particulares atendiendo a la naturaleza y complejidad del objeto del contrato. · Art. 210.3

  10. 10. Ante una demora en el pago por la Administración superior a seis meses, si el contratista opta por la resolución, ¿qué derecho de indemnización tiene respecto al daño emergente y lucro cesante?

    • A.Ninguno, solo tiene derecho al cobro de los intereses de demora correspondientes.
    • B.Tiene derecho a una indemnización del 3% del importe de la prestación dejada de realizar.
    • C.Tiene derecho a la indemnización de los daños y perjuicios que se le hubieran causado.
    • D.Solo tiene derecho a la devolución de la fianza depositada.

    Justificación: En los casos de resolución por demora en el pago superior a seis meses, el contratista tendrá derecho al resarcimiento de los perjuicios causados. · Art. 213.5

  11. 11. Para que la Administración pueda acordar la resolución del contrato por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, ¿qué requisito adicional es necesario?

    • A.Que tales obligaciones hayan sido calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
    • B.Que el incumplimiento sea doloso y certificado por un auditor externo.
    • C.Que la cuantía del incumplimiento supere el 20% del presupuesto.
    • D.Que el contrato sea de obras o concesión de servicios exclusivamente.

    Justificación: Es causa de resolución el incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, siempre que estas hayan sido calificadas como tales en los pliegos o en el propio contrato. · Art. 211.1.f)

  12. 12. En el procedimiento de resolución de un contrato donde se formule oposición por parte del contratista, ¿qué trámite resulta preceptivo?

    • A.La audiencia al Ministro del departamento respectivo.
    • B.El dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma.
    • C.La interposición de un recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
    • D.La ratificación de la resolución por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

    Justificación: El dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente es preceptivo en los supuestos de resolución cuando se formule oposición por parte del contratista. · Art. 191.3.a)

Recurso especial en materia de contratación

  1. 1. ¿Qué carácter tiene el recurso especial en materia de contratación regulado en la LCSP?

    • A.Es un recurso administrativo obligatorio previo a la vía judicial.
    • B.Es un recurso administrativo potestativo y gratuito.
    • C.Es un recurso administrativo obligatorio y gratuito.
    • D.Es un recurso que requiere el pago de una tasa para su interposición.

    Justificación: El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo y es gratuito para los recurrentes. · Art. 44.1 y 44.2

  2. 2. En los contratos de obras, ¿a partir de qué valor estimado se puede interponer el recurso especial en materia de contratación?

    • A.Cuando el valor estimado sea superior a 2.000.000 de euros.
    • B.Cuando el valor estimado sea superior a 5.000.000 de euros.
    • C.Cuando el valor estimado sea superior a 3.000.000 de euros.
    • D.En cualquier contrato de obras, independientemente de su cuantía.

    Justificación: El recurso especial procede en contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a tres millones de euros. · Art. 44.1.a)

  3. 3. ¿Cuál es el plazo general para la interposición del recurso especial cuando se dirige contra el anuncio de licitación?

    • A.Diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación.
    • B.Quince días naturales contados a partir del siguiente al de publicación.
    • C.Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante.
    • D.Diez días naturales contados a partir del envío del anuncio al DOUE.

    Justificación: El plazo es de quince días hábiles, computados desde el siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante. · Art. 50.1.b)

  4. 4. Si el recurso se interpone contra la adjudicación del contrato, ¿cuándo se inicia el cómputo del plazo de quince días hábiles?

    • A.Desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOE.
    • B.Desde el día siguiente a la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos.
    • C.Desde el mismo día de la notificación de la adjudicación.
    • D.Desde la firma del contrato.

    Justificación: El cómputo se inicia a partir del día siguiente al de la remisión de la notificación de la adjudicación. · Art. 50.1.a)

  5. 5. ¿Qué órgano es competente para resolver el recurso especial en el ámbito de la Administración General del Estado?

    • A.El Ministro del departamento ministerial que haya licitado el contrato.
    • B.El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
    • C.La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
    • D.La Audiencia Nacional.

    Justificación: El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales es el órgano especializado e independiente encargado de su resolución en el ámbito estatal. · Art. 45

  6. 6. La interposición del recurso especial contra el acto de adjudicación de un contrato produce un efecto automático:

    • A.La anulación inmediata del procedimiento de licitación.
    • B.La suspensión de la tramitación del expediente de contratación.
    • C.La suspensión de la formalización del contrato.
    • D.No produce ningún efecto suspensivo automático, debe solicitarse como medida cautelar.

    Justificación: La interposición del recurso contra el acto de adjudicación suspende automáticamente la formalización del contrato. · Art. 53

  7. 7. ¿Cuál es el plazo para interponer recurso especial en caso de un encargo a medios propios que no cumpla los requisitos legales?

    • A.15 días hábiles desde su publicación en el perfil de contratante o desde que se tuvo conocimiento.
    • B.30 días hábiles desde la formalización del encargo.
    • C.10 días hábiles desde la notificación a los interesados.
    • D.No cabe recurso especial contra los encargos a medios propios.

    Justificación: Los encargos a medios propios personificados son actos recurribles mediante recurso especial si no cumplen los requisitos legales. · Art. 44.2.e) y 50.1

  8. 8. Una vez admitido el recurso, ¿de qué plazo dispone el órgano de contratación para remitir el expediente administrativo al Tribunal?

    • A.De tres días hábiles desde la recepción de la notificación.
    • B.De cinco días hábiles desde que el Tribunal lo solicite.
    • C.De dos días hábiles contados desde la interposición.
    • D.De diez días naturales desde la comunicación del recurso.

    Justificación: El órgano de contratación debe remitir el expediente en el plazo de dos días hábiles desde que el tribunal le comunique la interposición. · Art. 52.1

  9. 9. ¿Puede interponerse recurso especial contra los pliegos de condiciones particulares de un contrato?

    • A.Sí, siempre que se haga antes de la presentación de las ofertas.
    • B.No, los pliegos no son actos recurribles de forma independiente.
    • C.Sí, pero solo si contienen cláusulas discriminatorias.
    • D.No, los pliegos deben impugnarse al finalizar el procedimiento.

    Justificación: Los pliegos son actos de trámite cualificados que pueden ser objeto de recurso especial de forma independiente. · Art. 44.2.b)

  10. 10. En el caso de que el Tribunal aprecie temeridad o mala fe en la interposición del recurso, ¿qué sanción puede imponer?

    • A.Una multa de entre 1.000 y 30.000 euros.
    • B.La prohibición de contratar con el sector público por dos años.
    • C.Una multa de entre 1.000 y 15.000 euros.
    • D.No se prevén sanciones económicas, solo la desestimación del recurso.

    Justificación: Si se aprecia temeridad o mala fe, el Tribunal puede imponer una multa de entre 1.000 y 15.000 euros. · Art. 58.2

  11. 11. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación:

    • A.Cabe recurso de alzada ante el Ministro correspondiente.
    • B.Sólo cabe recurso de reposición ante el propio Tribunal.
    • C.No cabe ningún recurso administrativo, solo recurso contencioso-administrativo.
    • D.Cabe recurso extraordinario de revisión ante el Consejo de Estado.

    Justificación: Contra la resolución dictada por el Tribunal solo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo. · Art. 59

  12. 12. Si el Tribunal no resuelve y notifica la resolución del recurso en el plazo legal, el interesado debe entenderlo:

    • A.Estimado por silencio administrativo positivo.
    • B.Desestimado por silencio administrativo negativo.
    • C.En suspenso hasta que haya resolución expresa obligatoria.
    • D.Anulado por caducidad del procedimiento.

    Justificación: Transcurrido el plazo de dos meses sin notificación, el recurso se entenderá desestimado a efectos de interponer recurso contencioso-administrativo. · Art. 57.5